Los fundamentos de la detención de Milani
El juez federal de La Rioja, Daniel Herrera Piedrabuena, ordenó hoy la detención del ex jefe del Ejército César Milani, considerando que "ante la multiplicidad delictiva" de los hechos en los que está involucrado, "hacen presumir que podría intentar eludir la acción de la Justicia", según los fundamentos de la resolución, difundidos hoy.
"Como medida cautelar, en atención a la multiplicidad delictiva, la gravedad de los mismos, la pena en expectativa por los delitos enrostrados, la falta de arraigo en esta jurisdicción, la función jerárquica que desempeñaba, circunstancias estas que hacen presumir que el inculpado podría intentar eludir la acción de la justicia", explica el juez en un escrito al cual tuvo acceso Télam y en el que justifica su decisión.
El funcionario judicial agrega:"Restando a la fecha incorporar prueba que resultaría dirimente respecto del resultado del proceso, y que podrían entorpecer el curso de las investigaciones y/o verse impedida su comparencia ante un eventual juicio oral".
Milani está acusado de haber participado en los secuestros de Pedro Olivera y de su hijo Ramón, ocurridos en marzo de 1977 en La Rioja, y de la privación ilegítima de la libertad sufrida por Verónica Matta en la capital de la provincia un año antes.
Herrera Piedrabuena amplió además la imputación hacia dos ex policías de La Rioja, uno de apellido Nievas y otro llamado Ruíz, por el secuestro de Pedro Olivera, en tanto que por la detención de Ramón Pedro Olivera, el magistrado ordena que se investigue a Carlos Leónidas Moliné, Alfredo Solano Santacroche, Roberto Catalán, y Reinaldo Ganem, y también solicita indagar a "los otros autores" que habrían participado en el rapto de Matta.
El juez considera al ex militar como autor de los delitos de "privación ilegítima de la libertad, violación de domicilio, coautor de tormentos y responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público".
"Toda vez que habrían sido ejecutados desde el amparo del aparato estatal, los mismos adquieren la categoría de delitos de lesa humanidad, que conforme las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Nacional mediante los tratados vigentes sobre derechos humanos, resultan imprescriptibles.
Debe tenerse presente que los delitos endilgados no lo admitirían en caso de una probable condena su cumplimiento condicional, se ordena la detención en calidad de comunicado, del ciudadano César Santos Gerardo del Corazón de Jesús Milani", enfatiza Herrera Piedrabuena en su
resolución.
